Otro 18 y las posibilidades de un cambio democrático Boris González Arenas /Diario de Cuba/ La Habana | 21 Ago 2015 [Este Artículo tiene 1 Comentario].
El Gobierno anuncia la salida de la nueva Ley Electoral y una parte de la oposición ha encontrado una posibilidad de acción sobre ello.
El anuncio hecho por el régimen de Raúl Castro acerca de la posible puesta en vigor de una nueva Ley Electoral, sumada al pronunciamiento del octogenario jefe de Gobierno según el cual no aspiraría a permanecer al frente del Estado cubano después del 2018, anima cierto interés por aquella parte de nuestra legislación que define los órganos de Gobierno y el modo en que se escoge a sus miembros.
El desconocimiento ciudadano en torno a estos temas es notorio, tanto entre los aficionados del castrismo, como entre la oposición, por mencionar los dos extremos de un rango mucho más amplio.
Entre las razones de ese extrañamiento está el secuestro que algunas fases del proceso eleccionario han sufrido tanto en la legislación vigente, como en la práctica política dictada desde el poder.
Para los caudillismos del siglo XX, unos procesos políticos que quizás habrían podido derivar siglos atrás en monarquías familiares sin mayores contratiempos se volvieron más complejos de realizarse. La democracia, que consiguió pasar desde regiones marginales de la geografía política al centro del debate y la preferencia contemporáneos, condujo a que un número no despreciable de autoritarismos se realizaran arropados por una legislación aparentemente democrática.
El castrismo es un ejemplo eficiente de la convergencia de estos dos caminos opuestos. De un lado aparecen las preferencias familiares, que en sus inicios determinaron la promoción de Raúl Castro al frente del ejército cubano y como segunda figura del Gobierno; y que en el presente concentra importantes cotas de poder en un yerno y dos hijos del antiguo jefe del ejército, ahora al frente del Estado. Mientras que del otro lado existe una estructura institucional, definida constitucionalmente, con leyes electorales y penales que buscan hacer creer que en Cuba existen el voto y la justicia.
Aun con la impunidad con que se ha ejercido el poder en nuestro país desde que fueran concentrados sus fueros en la figura de Fidel Castro primero y en la actualidad de su hermano Raúl Castro, la combinación no deja de ser problemática.
Pero si desajustes coyunturales pueden poner en dificultad el monopolio del poder, más peligroso aún es la crisis sistémica que amenaza con despoblar el país o con generalizar el fenómeno opositor, difícilmente contenido por la violencia de los órganos paramilitares.
Es en esta situación que el Gobierno cubano anuncia la próxima salida de la nueva Ley Electoral. Con ello busca aumentar su credibilidad legislativa y renovar el modelo en crisis, pero la falta de participación efectiva priva a los cubanos de conocer sus alcances, y determinar que se cumplan en su articulación las necesarias aspiraciones de soberanía y mando ciudadanos.
Es una situación compleja, un poder mezquino se sabe al borde de la extinción y promete una legislación que le lave la cara, o aquello que de ella le queda entre tantas arrugas y descaros. Del otro lado está una población que desconoce lo que debe ser una ley electoral y su importancia crucial para el ejercicio democrático y por ello no confía, ni es de esperar que participe, con otra intención que no sea la de cubrir la formalidad.
Para una parte de la oposición cubana se ha abierto la posibilidad de trabajar simultáneamente al Gobierno en un proyecto de Ley Electoral que pueda ser contrastado con el documento oficial, y que sirva, por su apego a las disposiciones democráticas, como mecanismo de presión y denuncia de aquel que prepara el Gobierno cubano.
La campaña por una Ley Electoral moderna e inclusiva se enmarca en el proyecto Otro 18, una serie de actividades que la oposición se ha propuesto para conseguir que en 2018, el año en que Raúl Castro ha anunciado su salida del puesto de jefe de Gobierno amparado por una nueva legislación propiciatoria, sea también el año del ciudadano y del restablecimiento de la libertad conculcada. No es la única ni la mejor campaña, pero frente a la evidencia de que un régimen antidemocrático que debió terminar ayer sigue vigente hoy, no sobra ningún empeño dirigido a su colapso.
El partido único y el secuestro de la democracia
En el artículo 102 de la Constitución de 1940 aparecían los requisitos básicos para conformar un partido político. Después de prohibir los partidos formados por criterios de "raza, sexo o clase", el referido artículo establecía: "Para la constitución de nuevos partidos políticos es indispensable presentar, junto con la solicitud correspondiente, un número de adhesiones igual o mayor al 2% del Censo electoral correspondiente, según se trate de partidos nacionales, provinciales o municipales".
El Código Electoral de 1943, encargado de especificar las disposiciones de la Constitución, encontró ya dispuesto el derecho a la pluralidad de organizaciones políticas en la Carta Magna.
Un solo partido supone la anulación de todas estas corrientes por la que determina la formación única. En el mejor de los casos, un partido único sería un estorbo para la democracia. En el peor, que ha sido el verdadero origen de esta práctica, el partido único es el secuestro de las libertades democráticas y una de las estrategias para la institucionalización de las tiranías.
La idea de que un partido puede ser único como expresión general de la nación que lo instituye olvida que única es la nación, un número importante de intereses agrupa a los seres humanos en torno a esta unidad política, pero no todos, y no es necesario ni deseable que así sea.
La especulación de que ese partido único en una democracia podría contener todas las tendencias sociales, políticas o económicas, reproduciendo al interior del partido lo que las democracias del mundo reproducen al interior de la nación, deja a ese partido único como una unidad sin contenido. Al pretender un partido con atributos de la nación, que encuadre además las corrientes políticas destacadas en los sistemas democráticos, lo que se busca es un artefacto sin nación ni miembros, una caja vacía condenada a una extinción deseable.
La sociedad política anterior a 1959 fue mucho más consciente de la diferencia entre nación y partido y, en una frase brillante, José Manuel Cortina la delineó durante las discusiones para la asamblea que parió la Constitución de 1940: "¡Los partidos, fuera! ¡La Patria, dentro!". Evidenciando no solo la enorme conciencia patriótica de los constituyentes, sino una gran madurez doctrinal respecto de los principios democráticos, de la que hoy carecen los que confunden la unicidad de la nación con la diversidad de los criterios políticos.
A la sombra de la imposición dictatorial de un partido único en Cuba por cerca de 50 años, han surgido razonamientos que buscan relativizar su carácter antidemocrático y otros que pretenden desconocer el valor, para la democracia, de la pluralidad de organizaciones de carácter político. Son dos caras de la misma moneda, pieza que se emite de buena fe o no, pero que solo puede encontrar amparo bajo los auspicios del totalitarismo caribeño y en algunos espacios teóricos que en ocasiones parecen pretender, estilizando el fenómeno, hacerse apreciables al despotismo imperante.
Posibilidad de los partidos políticos desde la legislación actual
Una práctica esencial del derecho dispone que ninguna ley puede contradecir lo dispuesto por su superior jerárquica. Esa es la razón por la que es considerada la Constitución como una Ley de leyes, porque es el conjunto de disposiciones de las que se derivan el resto de las leyes que conforman el ordenamiento jurídico de una nación y ninguna la antecede.
Partiendo de ese hecho, hay que considerar que cualquier especulación sobre la Ley Electoral que pretende conformar el Gobierno castrista tiene un marco de ejecución limitado por lo que dispone la Constitución cubana. No puede cambiar, por ejemplo, que las personas puestas al frente de la Asamblea Nacional y de las diversas Asambleas Provinciales del Poder Popular, sean elegidos por los miembros de las mismas asambleas que habrán de presidir. Es este uno de los aspectos que convierte la designación, por el procedimiento establecido, como por el resto de las irregularidades que presenta la elección de tales diputados y delegados determinadas por la Ley Electoral actual, no meramente en indirecta, sino en algo absolutamente extraño al ciudadano. Tampoco puede cambiar la nueva Ley Electoral que el Consejo de Estado sea elegido entre los diputados, así como su Secretario General que es, por disposición constitucional, el Jefe de Gobierno.
Los aspectos descritos exigirían, para mejorar de manera significativa la situación general de la participación política del ciudadano, una profunda modificación constitucional.
No impide la Constitución, sin embargo, que una nueva Ley Electoral reglamente la formación de partidos políticos en nuestro país. La razón de esa posibilidad es que no aparece en la Constitución ninguna disposición que refiera el carácter único del partido comunista, ni prohíba la formación de organizaciones políticas independientes.
Por toda mención al Partido Comunista de Cuba, la Constitución vigente se limita al artículo V que declara: "El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista".
El artículo es una intromisión insensata de la organización partidista en los poderes legitimados por el articulado constitucional. Es una medida más en la acción de desvincular al ciudadano del ejercicio político efectivo, pues establece que en última instancia toda la participación y voluntad políticas que le reconoce la Constitución, son de menor potestad de la que le cabe a una organización como el Partido Comunista de Cuba, en que la capacidad de incidencia del ciudadano es nula.
La ausencia de limitaciones para la formación de partidos políticos deja abierta la posibilidad a cambios esenciales de nuestro sistema de gobierno desde la Ley Electoral y ha sido una de las principales demandas hechas por quienes han acudido a la consulta realizada por la oposición. Tanto la oposición como el Gobierno tienen el campo abierto para enunciar uno de los aspectos fundamentales de toda Ley Electoral, pero queda por ver si el Gobierno cubano da un paso de semejante significación en su autoritaria estructura institucional.
De hacerlo, ganaría credibilidad política un régimen que parece centrado en la búsqueda de dinero fácil sin comprender los profundos vínculos que existen entre el poder democrático y la prosperidad económica. La irrelevancia a la que le condenarían cambios de poca consideración se torna más peligrosa por momentos, con la emigración agotando nuestro futuro y el despertar de la participación política y el derecho a la manifestación del descontento. Está por saber si a Raúl M. Castro le cabe aptitud mental para comprender la implicación de tales cambios, cuando al octogenario jefe político le han caracterizado medidas carentes de la legislación que permita evacuar cualquier incremento de la productividad o aumentar los niveles de ofertas para el estrecho margen de cuentapropistas.
El derecho a la organización de partidos políticos demanda la instrumentación de leyes que regulen formas de financiamiento de estas organizaciones y sus campañas políticas, ya sean privadas, públicas, o ambas; la extensión de la noción de publicidad que bajo la ridícula proscripción vigente garantizan el anonimato de todo actor político que no sea el dictador de turno; la libertad de información que permita a los partidos políticos la difusión de sus programas y estrategias de trabajo, ya sea nacional, provincial o barrial; y la libre reunión y movilización políticas que manifiesten el alcance real de la organización más allá de sus documentos doctrinales, entre otras.
Quedaría por supuesto el artículo 5 de nuestra Constitución, pero sin dudas una renovación política de tal naturaleza, implementada por una nueva Ley Electoral, vigorizaría la vida pública de nuestro país y como consecuencia traería, no la desaparición puntual de un artículo, sino la más completa renovación de un documento vigente únicamente porque carece de relevancia en la sociedad política actual.
1 COMENTARIO:
#1- Alberto Gutiérrez Barbero. "Como yo lo veo mientras la tiranía castrista controle a Cuba no hay posibilidades de un cambio democrático."
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