AN responde a TSJ en exilio que no va hacer nada sobre el caso de Maduro, porque ya lo hicieron en enero de 2017 y Maduro no es presidente constitucional. Video: Abelardo Izaguirre reacciona. Comentarios en Noticiero Digital.
09-05-2018
Parlamento venezolano dice a magistrados en el exilio que artículo 233 constitucional ya fue ejecutado
A través de una misiva recordaron que en la sesión del día 09 de enero del 2017 se declaró el abandono del cargo de Nicolás Maduro, como presidente de la República
La Asamblea Nacional venezolana informó este martes a los magistrados en el exilio que el artículo 233 de la constitución ya fue aplicado por el parlamento dentro de los límites y lineamientos de la carta magna.
En una misiva enviada a los magistrados en el exilio la directiva del parlamento venezolano presidida por el diputado Omar Barboza recordó que en la sesión del 9 de enero del año 2017, fue debatido y se acordó declarar el abandono del cargo del ciudadano Nicolás Maduro quien ocupaba la presidencia de la República.
Recordaron que en la sesión se acordó "Declarar, en consecuencia, y de conformidad con los artículos 232 y 233 ce la Constitución, que Nicolás Maduro Moros ha abandonado su cargo, abandonando el principio de la supremacía constitucional establecido en el artículo 7 del texto fundamental, el principio del Estado Democrático de Derecho y de Justicia establecido en el artículo 2 de la Constitución, así como las funciones constitucionales inherentes a la obligación de cumplir y hacer cumplir el ordenamiento constitucional".
Ante esto dejaron claro que "la aplicación del artículo 233 constitucional ya fue efectuada por esta Asamblea Nacional al decidir que Nicolás Maduro abandonó el cargo de Presidente de la República. Ese es un acto público, notorio y comunicacional".
Reiteraron además que son respetuosos del principio de separación de poderes, de la independencia del Poder Judicial y del principio referente a la ejecutoriedad de las decisiones judiciales.
Finalizaron señalando que seguirán haciendo "todos los esfuerzos en el ámbito interno, y ante la comunidad internacional, para que en nuestro país se restituya el hilo democrático y al pueblo venezolano se le garanticen todos sus derechos humanos".
(Para la carta de TSJ del 9 de abril de 2018 a la Asamblea Nacional vean aqui La Patilla)
Asi reacciona Abelardo Izaguirre el 9 de Mayo de 2018:
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Marquina al TSJ/AN: Nicolás Maduro no es el presidente constitucional Noticiero Digital 8 mayo, 2018
El diputado Alfonso Marquina recordó a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio que el Parlamento no considera a Nicolás Maduro como el presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, pues esa misma instancia ya había declarado el abandono del cargo.
A juicio de Alfonso Marquina, segundo vicepresidente de la AN, ya el Parlamento declaró el abando o del cargo a Nicolás Maduro.
El diputado Biagio Pilieri solicitó una modificación del orden del día para incluir el debate sobre la reciente decisión del Tribunal Supremo de Justicia designado por la Asamblea Nacional, que exhortó al Parlamento a que se continúe el procedimiento de Antejuicio de Mérito a Nicolás Maduro.
La Asamblea Nacional ya había enviado una carta a los magistrados en el exilio en la que explica que el procedimiento de abandono de cargo se realizó con anterioridad el 9 de enero de 2017.
“La aplicación del artículo 233 constitucional ya fue efectuada por esta Asamblea Nacional al decidir que Nicolás Maduro abandonó el cargo de presidente. Ese es un acto público, notorio y comunicacional”, precisó la AN en el escrito.
“Consideramos respetuosamente que se incurre en un error el decir que ya con esa respuesta se ha dado por concluido nuestro trabajo aquí en el Parlamento. Consideramos que son dos actos distintos. El primero el del 9 de enero del 2017, donde esta directiva y donde esta Asamblea Nacional aprobamos el abandono del cargo, el cual lamentablemente luego decayó por falta de impulso y no se logró la falta absoluta.Es distinta esa decisión de control político a la decisión tomada por el Tribunal Supremo de Justicia (en el exilio) el 3 del corriente mes, donde se suspende a Nicolás Maduro de su cargo. Y para que no suceda lo que ya sucedió, por eso estamos exhortando a que se debata y se pueda continuar como lo indican el articulo 233 y 234”, enfatizó.
Pilieri recordó que la actual Asamblea Nacional fue la que designó a ese TSJ. “No solo lo designó, sino que lo reconocemos. Y si lo reconocemos, en consecuencia, deberíamos acatar sus fallos y sus decisiones”, aseveró.
Por su parte, el segundo vicepresidente de la AN, Alfonso Marquina, destacó que “es obligación de la junta directiva cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Cámara. Por lo tanto, insistimos una y otra vez por el reconocimiento de las decisiones que los representantes legítimos del pueblo de Venezuela toman en plenaria. Por eso a veces no nos sorprende que el Gobierno y las instituciones que están secuestradas pretendan desconocer la facultad, las responsabilidades, las competencias de la propia Asamblea Nacional, pero también tenemos que recordar a aquellos que parecieran desconocerla que hay decisiones que ya han sido tomadas”, puntualizó.
“El 17 de abril cuando se aprobó el acuerdo donde se determinó declarar que existían los méritos suficientes para continuar con el proceso judicial por hechos de corrupción que se le sigue al ciudadano Nicolás Maduro Moros se le colocó el término ciudadanoporque para efectos de esta Asamblea Nacional el ciudadano Nicolás Maduro no es el presidente constitucional de la República”, concluyó.