Resolución sobre Cuba en el Congreso de España Prisoners Defenders 13 de mayo de 2024
Resolución sobre Cuba en el Congreso de España
El texto de la resolución no hace ninguna valoración ni juicio político sobre política interior o exterior del Gobierno de España, por lo que posee una clara vocación de buscar el consenso de las fuerzas políticas democráticas. Prisoners Defenders colaboró con el equipo que redactó la resolución. El debate será mañana martes
Una propuesta del Partido Popular de España abierta a todas las fuerzas políticas
La Resolución del Parlamento Europeo de 29 de febrero de 2024 P9_TA(2024)0122 (ES / EN / FR / IT / PT) fue la última de 6 resoluciones de condena por la violación de derechos humanos que la sede de la soberanía de la Unión Europea ha realizado en la última legislatura.
Además de la votación general sobre dicha resolución, se votaron por separado casi todos los epígrafes de la misma, y es especialmente reseñable que mucho de los epígrafes de derechos humanos que esta resolución referencia fueron votados a favor en términos muy análogos por parte de la mayoría de los socialistas (S&D) en el Parlamento Europeo.
No obstante, los socialistas españoles, al contrario que algunas decenas de miembros de S&D, votaron en contra de la resolución en su conjunto, indicando que no estaban de acuerdo con los dispositivos que exigían la denuncia del acuerdo del “Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación” (ADPC, o PDCA en inglés), el cual ha excluido durante más de 7 años a la sociedad civil de Cuba en beneficio de asociaciones estatales del régimen totalitario. Durante la vigencia del ADPC, Cuba está viviendo la mayor catástrofe de represión y violación de derechos humanos en muchas décadas, lo que ha devenido, desde la represión masiva del 11 de julio de 2021, en el mayor éxodo de cubanos al exterior desde hace décadas. Entre 500 mil y 700 mil personas han huido de Cuba, literalmente, entre 2022 y 2023. Y 2024 no ha empezado mejor para los cubanos, sino bastante peor
Una “propuesta para el consenso” entre todas las fuerzas democráticas Este texto de la resolución podría calificarse como una “propuesta para el consenso” pues, en la redacción del texto, los legisladores han eliminado cualquier calificativo que pueda afectar al Gobierno de España, y han usado el más respetable lenguaje diplomático para denominar lo que ocurre en Cuba que, no obstante, y lo saben los legisladores, sin duda califica de barbarie represiva. Este esfuerzo por el consenso será de gran ayuda pues además todo lo que se describe en la resolución son hechos fácticos probados, basados en legislación concreta cubana que está referenciada y condenas claras y públicas de las Naciones Unidas, y el texto ha evitado las valoraciones u opiniones, ya que la mera descripción de los hechos, cuando la materia son crímenes de lesa humanidad como en este caso, es mucho más descriptiva que los calificativos que pudieran asociarse a ellos.
Igualmente, la presente resolución a ser debatida en el Congreso de España ha heredado contenido de los apartados de la resolución europea que el PSOE votó mayoritariamente a favor, y otros que tuvieron el voto favorable de decenas de socialistas europeos, y donde se abstuvo el resto del Grupo S&D en el Parlamento Europeo. Esta orientación denota la clara vocación de la propuesta para proporcionar un marco de consenso para la defensa, desde España, de los derechos humanos en Cuba.
Al acceder al texto, cargos socialistas consultados por Prisoners Defenders han manifestado su alegría por lo cuidado del mismo y su espíritu de objetividad, y están positivos, e incluso tienen cierto anhelo, de que su partido podría votar la resolución a favor.
El resultado será un termómetro para los propios militantes y votantes socialistas sobre si el Partido defiende los estándares de derechos humanos que deben ser parte de su ADN democrático o si, por el contrario, los cambios que la dirección del PSOE ha realizado en estos últimos años en el partido han desembocado en un PSOE orientado hacia la imagen extremista del ya casi extinto Podemos en materia de política exterior.
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la posible evidencia de trata de personas y esclavitud moderna en las “misiones de colaboración en el exterior de Cuba”,para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.
Madrid, 13 de mayo de 2024
Fdo.: Miguel TELLADO FILGUEIRA
PORTAVOZ
Fdo.: Esteban GONZÁLEZ PONS, Carlos FLORIANO CORRALES, Belén HOYO JULIÁ , Carlos ROJAS GARCÍA, César SÁNCHEZ PÉREZ, Manuel GARCÍA FÉLIX, José Manuel VELASCO RETAMOSA, Cayetana ÁLVAREZ DE TOLEDO PERALTA-RAMOS, Pablo HISPÁN IGLESIAS DE USSEL, Marta GONZÁLEZ VÁZQUEZ, Pedro NAVARRO LÓPEZ, Ana María PASTOR JULIÁM, Antonio ROMÁN JASANADA, Ricardo TARNO BLANCO, DIPUTADOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 11 de julio de 2021 y días posteriores, se produjeron una serie de manifestaciones pacíficas en Cuba (en adelante, las “Manifestaciones” o “11J”), que comenzaron en el municipio de San Antonio de los Baños y se extendieron rápidamente a toda la isla. Estas Manifestaciones revistieron un marcado carácter prodemocrático, generando malestar en las autoridades cubanas por colisionar dichas pretensiones prodemocráticas con la forma de organización política unipartidista en dicho país.
Así, la excesiva reacción del régimen cubano a las Manifestaciones se produjo ese mismo día, de mano del propio Miguel Díaz-Canel, quién llamó en la televisión pública “al combate” contra aquellos que cuestionaban al Gobierno y sus políticas.
Tras las palabras de Díaz-Canel, llegaron a los lugares de las Manifestaciones autobuses cargados de individuos convocados por el régimen y organizaciones dependientes del único partido, en coordinación con transportes con personal del Departamento de Seguridad del Estado y fuerzas policiales del Ministerio del Interior y las fuerzas armadas, quiénes se enfrentaron violentamente a los manifestantes prodemocráticos, entre los que eran mayoritariamente ciudadanos no militantes en organización alguna. Posteriormente, las citadas fuerzas de seguridad comenzaron a disolver violentamente las manifestaciones, deteniendo a miles de personas por todo el país, muchos en situación de desaparición forzada, como los 187 casos de Acción Urgente (CED-UA 1200 a 1386/2021)[1] adoptados por el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas.
A la disolución violenta de las manifestaciones, las detenciones y las desapariciones forzadas, se sucedió el procesamiento penal de miles de manifestantes, quiénes fueron sometidos a medidas cautelares de limitación o privación de libertad emitidas únicamente por las fiscalías, todos sin tutela judicial como es amparado por la Ley de Procedimiento Penal de Cuba, vigente cuando se desarrollaron las detenciones y procesos penales de los sucesos del 11J, así como la actual Ley del Proceso Penal.
Abundando en el uso de la fiscalía al servicio del poder político, el Comité Contra la Tortura de la ONU expresó, en sus conclusiones del tercer Informe periódico de Cuba el 9 de mayo de 2022,que “le preocupa la subordinación de la Fiscalía General de la República al Presidente de la República establecida en el artículo 157 de la Constitución”.
Se está ante una circunstancia estructural generadora de gravísimas vulneraciones de derechos humanos en relación con la obligatoriedad para el Estado y derecho para el procesado a la pública comparecencia ante un juez, que no puede ser sustituido por un Agente de la Seguridad del Estado (el llamado agente “Instructor” en Cuba) y, a la asunción de funciones jurisdiccionales por personal ajeno a la judicatura sin la cualidad de independencia e imparcialidad, por cuanto la Fiscalía es parte interesada en el proceso penal al ser en cierta medida dependiente del poder político por naturaleza, y mucho más ampliamente en el sistema penal cubano.
Desde los sucesos del 11J, todos los privados de libertad sin tutela judicial fueron llevados, meses o años después, ante el poder judicial, y fueron condenados a permanecer en prisión desde 1 hasta 30 años en primera instancia. Sobre esta situación, el día 29 de febrero de 2024 el Parlamento Europeo aprobó la Resolución P9_TA (2024)0122 sobre la “situación crítica en Cuba” en materia de libertades y derechos, como libertad ideológica, religiosa, a la seguridad, a la libre circulación, a la libertad de expresión, etc.
A todo ello, se añade que, el régimen cubano se ha encargado de expandir sus limitaciones y violaciones a los derechos y libertades de su personal civil profesional, tales como médicos, marinos, profesores, artistas o deportistas, entre otros muchos, prestando servicios a terceros en el exterior a través del Estado o sus empresas. En ese sentido, la Resolución 368 de 26 de octubre de 2020, del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, que determina el reglamento de los denominados “colaboradores”, legislativamente denominado “Reglamento Disciplinario para los colaboradores que prestan servicios en el exterior”, dispone de un amplio abanico de deberes y obligaciones sancionables. Entre los deberes se encuentra informar a su superior jerárquico inmediato de sus relaciones íntimas con nacionales o extranjeros. En el ámbito de los “derechos” está aceptar, previa aprobación de sus superiores, invitaciones de entidades docentes; viajar a Cuba o recibir la visita de sus familiares. En el ámbito de las infracciones se encuentran el mero hecho de participar en actos públicos de carácter político “o social” sin autorización, o sostener relaciones de amistad o vínculos de otro tipo con personas con “posiciones contrarias a la revolución cubana”. Esta Resolución está fuertemente amparada por el Código Penal, cuyo artículo 176 prevé penas de prisión de 3 a 8 años para aquellos funcionarios o empleados civiles del Estado que abandonen el trabajo en el exterior o que, habiendo cumplido el trabajo, no regresen a Cuba de inmediato.
Este fue el motivo por el cual, en las Conclusiones del Examen Periódico de Cuba respecto al Comité de los Derechos del Niño, el 9 de junio de 2022, el Comité recomendó a Cuba que “ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135 del Código Penal [actualmente el 176] a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar;”
Asimismo, los mandatos de la relatora especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud y de la relatora especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, ambas, emitieron una carta condenatoria al régimen cubano el 2 de noviembre de 2019, debido a la situación de los profesionales en las llamadas “misiones”, donde destacaron, entre otras cosas:
«- Si bien la participación en las misiones de internacionalización es oficialmente voluntaria, muchos médicos se sienten presionados para acogerse a dichas misiones y temen represalias por parte del Gobierno de Cuba si no participan;
– … En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano, éste debe devolver al Gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75% o hasta el 90% de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente.
– Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales, muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior;
– La libertad de movimiento de los trabajadores cubanos en el país de destino estaría restringida y bajo vigilancia por funcionarios del Gobierno;
– El derecho a la privacidad estaría limitado por el control y seguimiento efectuado a los médicos, incluyendo la comunicación y las relaciones sostenidas con personas nacionales y extranjeras durante las misiones de internacionalización
Las condiciones de trabajo reportadas podrían elevarse a trabajo forzoso, según los indicadores de trabajo forzoso establecidos por la Organización Internacional de Trabajo. El trabajo forzoso constituye una forma contemporánea de esclavitud».
Por ello, el 10 de junio de 2021, el Parlamento Europeo, por mayoría absoluta, votó a favor de condenar la esclavitud en las misiones laborales de Cuba en el extranjero, incluidos los médicos, y así se describe en la Resolución del Parlamento Europeo “Los derechos humanos y la situación política en Cuba.
Cabe recalcar que mandato del relator especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, el 2 de noviembre de 2023, reiteró que todas las preocupaciones seguían vigentes y amplió las acusaciones contra el Estado Parte, añadiendo el acoso sexual de las cooperantes por parte de sus jefes de misión, entre otras características rechazables causadas la situación estructural descrita.
España, que comparte grandes vínculos históricos con la isla de Cuba, debe actuar ante semejantes abusos, al igual que lo ha hecho a la comunidad internacional y en concordia con los valores de nuestra política exterior.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
“El Congreso de los Diputados:
1.- Condenar los abusos y violaciones de los derechos humanos perpetrados sistemáticamente por el régimen cubano contra manifestantes, disidentes políticos, líderes religiosos, activistas de derechos humanos y artistas independientes, entre otras personas.
2.- Exigir al Gobierno de Cuba a que ponga fin inmediatamente a la política de represión.
3.- Manifestar su preocupación por el incremento del número de presos políticos y exigir la liberación inmediata e incondicional de las personas detenidas únicamente por ejercer sus derechos humanos, en particular el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica.
4.- Condenar las condiciones laborales que promueve el régimen cubano para con sus trabajadores y cooperantes civiles en el exterior.
5.- Solicitar a las autoridades cubanas la facilitación del retorno a Cuba de las personas que se encuentran en el exilio y a los profesionales y ciudadanos a los que no permite regresar con sus familiares, para que lo puedan hacer en plenas garantías de libertad y sin represalias.
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